Análisis AN01. Publicada el 25 de septiembre de 2026. Tema: IA y digital. Mirada: ¿Pierde Europa o elige?.

Cómo se cumple el AI Act: obligaciones, costes y la batalla política por regular la IA

Una guía práctica de la ley europea de inteligencia artificial tras su reforma de 2026: qué exige a cada empresa, en qué orden hay que hacer las cosas, qué problemas está dando, qué se ha visto ya en la práctica y por qué la ONU, Washington y Pekín la miran de forma tan distinta.

Qué es y a quién obliga

El AI Act (Reglamento (UE) 2024/1689) regula los sistemas de inteligencia artificial según el riesgo que suponen, no según la tecnología que usan. No se aplica solo a las empresas europeas: obliga a cualquier proveedor que venda o ponga en servicio un sistema de IA en la UE, y también cuando el resultado del sistema se utiliza en la UE, aunque la empresa esté fuera.

Lo primero que tiene que saber una empresa es qué papel juega, porque las obligaciones cambian mucho según el papel:

Cuatro niveles de riesgo y los modelos de propósito general

Un sistema del anexo III puede quedar fuera del alto riesgo si no plantea un riesgo significativo: por ejemplo, si solo hace una tarea procedimental limitada o prepara una evaluación que después hace una persona. Pero la excepción nunca vale si el sistema elabora perfiles de personas, y el proveedor debe documentar por qué la aplica y registrar el sistema.

Los modelos de propósito general, como los grandes modelos de lenguaje, tienen reglas propias: documentación técnica, información para quienes construyen sobre ellos, una política de respeto a los derechos de autor y un resumen público de los datos de entrenamiento. Si se entrenaron con más de 10²⁵ operaciones de cálculo, se presume que tienen riesgo sistémico y deben además evaluar y mitigar ese riesgo, hacer pruebas adversarias, notificar incidentes graves y proteger su ciberseguridad. Un código de buenas prácticas voluntario, publicado en julio de 2025, sirve para demostrar el cumplimiento; Meta anunció entonces que no lo firmaría.

El calendario, tras la reforma de 2026

  1. 1 ago. 2024Entra en vigor el AI Act.
  2. 2 feb. 2025Se aplican las prohibiciones.
  3. 2 ago. 2025Obligaciones de los modelos de propósito general.
  4. 27 jul. 2026Entra en vigor la reforma (Reglamento (UE) 2026/1744), que aplaza las obligaciones de alto riesgo.
  5. 2 ago. 2026La Comisión puede exigir información, evaluar modelos y multar a los proveedores de modelos. Se aplican las obligaciones de transparencia.
  6. 2 dic. 2026Nuevas prohibiciones (imágenes íntimas no consentidas y abuso infantil) y fin del periodo de gracia para marcar el contenido de sistemas ya en el mercado.
  7. 2 dic. 2027Obligaciones de alto riesgo del anexo III (antes, agosto de 2026).
  8. 2 ago. 2028Obligaciones de alto riesgo de la IA integrada en productos regulados (antes, agosto de 2027).

Cómo cumplir, paso a paso

Para la mayoría de empresas, que usan IA comprada a otros, el trabajo es sobre todo de inventario, clasificación y control. Las obligaciones técnicas pesadas recaen en quien desarrolla sistemas de alto riesgo. Este es el orden razonable:

  1. Inventario. Lista todos los sistemas de IA que usa o vende la organización, incluidos los que vienen dentro de software de terceros y los que los empleados usan por su cuenta.
  2. Clasificación. Para cada uso, decide si está prohibido, es de alto riesgo, tiene obligaciones de transparencia o es de riesgo mínimo. Documenta el razonamiento, sobre todo si aplicas la excepción del anexo III.
  3. Prohibidos, fuera. Retira cualquier uso prohibido: se aplican desde febrero de 2025 y tienen las multas más altas.
  4. Papel y contratos. Determina si eres proveedor o responsable del despliegue en cada caso y exige a tus proveedores la documentación, las instrucciones de uso y el compromiso de cumplimiento por contrato.
  5. Si desarrollas alto riesgo. Necesitas un sistema de gestión de riesgos durante todo el ciclo de vida (artículo 9), gobernanza de los datos de entrenamiento con análisis de sesgos (artículo 10), documentación técnica según el anexo IV (artículo 11), registro automático de eventos (artículo 12), instrucciones claras (artículo 13), diseño para la supervisión humana (artículo 14), precisión, robustez y ciberseguridad (artículo 15) y un sistema de gestión de la calidad (artículo 17).
  6. Evaluación de conformidad y registro. La mayoría de sistemas del anexo III se autoevalúan con control interno; los biométricos pueden necesitar un organismo notificado. Después, declaración UE de conformidad, marcado CE y registro en la base de datos de la UE.
  7. Si usas alto riesgo. Úsalo según las instrucciones, asigna la supervisión a personas formadas, vigila los datos de entrada, guarda los registros al menos seis meses, informa a los trabajadores y a sus representantes antes de usarlo en el trabajo y avisa a las personas afectadas por sus decisiones. Los organismos públicos y quienes evalúan el crédito o fijan precios de seguros de vida y salud deben hacer además una evaluación de impacto en los derechos fundamentales (artículo 27).
  8. Transparencia. Revisa chatbots, generadores de texto, imagen o voz y cualquier contenido sintético: aviso al usuario, marcado técnico y etiqueta en los deepfakes.
  9. Vigilancia continua. Los proveedores de alto riesgo deben seguir el sistema tras su lanzamiento y notificar los incidentes graves a la autoridad, como tarde en 15 días desde que los conocen.

Las multas se escalonan según la gravedad: hasta 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial por usos prohibidos; hasta 15 millones o el 3 % por incumplir otras obligaciones, y hasta 7,5 millones o el 1 % por dar información incorrecta. Se aplica la cifra más alta, salvo a las pymes, a las que se aplica la más baja. Los proveedores de modelos de propósito general se enfrentan a multas de hasta 15 millones o el 3 %.

Problemas y ventajas

El principal problema es la incertidumbre. Las normas técnicas armonizadas, que son las que permiten presumir que un sistema cumple, no estaban terminadas a tiempo, y varios países tardaron en designar a sus autoridades de supervisión. Esas dos razones explican el aplazamiento de 2026. Las propias empresas lo notan: entre las que se plantearon usar IA y no lo hicieron, la falta de claridad sobre las consecuencias legales pasó del 46 % en 2023 al 54 % en 2025, y ya es el segundo freno, solo por detrás de la falta de conocimientos.

N02-1

La falta de conocimientos sigue siendo el primer freno a la IA; la incertidumbre legal ya es el segundo

Motivos para no usar IA, en % de las empresas que se plantearon usarla y no lo hicieron, 2025

Fuente: Eurostat. Licencia CC BY 4.0. Datos descargados el 24 de septiembre de 2026.

  • Pregunta hecha a las empresas que no usan IA pero se plantearon usarla. Respuesta múltiple: los porcentajes suman más de 100.
  • Empresas de 10 o más empleados, sin el sector financiero.
Ver los datos en una tabla
PaísFaltan conocimientosConsecuencias legales poco clarasProtección de datos y privacidadDatos no disponibles o de mala calidadIncompatible con sus sistemasCostes demasiado altosConsideraciones éticasNo le resulta útil
Unión Europea70,3153,6152,7243,5141,638,3724,6417,79
Alemania72,0762,2260,0143,7245,3732,3522,5518,08
Austria67,8750,150,2140,9236,9827,552722,57
Bélgica74,5357,8650,9146,1538,3135,5227,0114,58
Bulgaria72,6950,2947,6840,9351,7955,6829,0416,26
Chipre68,2754,4948,2648,1151,2240,6432,0814,63
Croacia63,5850,3135,8752,7457,9264,8417,4517,54
Dinamarca82,0647,745,5338,8831,3417,9928,616,05
Eslovaquia57,8754,251,5341,8650,3448,517,5916,58
Eslovenia68,5556,1750,3446,5949,7141,827,8721,71
España82,3551,3153,7948,0535,4147,3723,3513,34
Finlandia65,5742,4746,1243,4646,8226,1115,3318,07
Grecia61,8243,3646,2637,3143,5854,3330,2922
Hungría65,551,2951,6537,138,8943,1830,1329,82
Italia58,6147,2643,2145,1638,142,9825,6914,76
Letonia63,2150,257,9845,3348,241,7528,5427,04
Luxemburgo77,9955,4554,6845,5839,2839,3533,4717,33
Malta56,6331,2328,528,8939,1139,9316,9318,07
Noruega77,0534,9340,332,6531,4621,2127,111,11
Países Bajos78,3937,8947,3436,1233,6721,5620,6212,22
Polonia62,5552,349,4433,4340,8555,5226,5734,58
Portugal74,457,3555,3849,2346,2360,4336,3918,21
Suecia74,6839,2149,0844,3337,824,9923,7816,89
Turquía74,4162,3361,4754,661,6767,3843,4716,16
Descargar los datos (JSON)

La subida de la incertidumbre es general: afecta a 17 de los 18 países con datos de 2023 y 2025. La encuesta de Eurostat no distingue entre leyes, así que no todo se puede atribuir al AI Act.

La batalla política: lo que se dijo en la ONU

La Asamblea General de la ONU, cuyo debate general empezó el 22 de septiembre de 2026, ha escenificado tres formas de ver la regulación de la IA.

El secretario general, António Guterres, dedicó a la IA una parte central de su último discurso ante la Asamblea. Pidió que los países que lideran la tecnología cooperen en la evaluación de los sistemas, compartan información sobre riesgos y acuerden salvaguardas comunes, apoyándose en el Panel Científico Internacional sobre IA, que presentó su primer informe en julio, y en el Diálogo Global sobre Gobernanza de la IA, reunido en Ginebra ese mismo mes.

«La inteligencia artificial debe ser moldeada por la humanidad, con la humanidad y para toda la humanidad».

António Guterres, secretario general de la ONU, 22 de septiembre de 2026

Estados Unidos fue en la dirección contraria. El presidente Donald Trump dijo ante la Asamblea que su país rechaza cualquier intento de construir un «plan globalista» para controlar la IA, y que seguirá liderando lo que llamó superinteligencia. Es la misma línea que un año antes defendió en el Consejo de Seguridad su asesor científico, Michael Kratsios, al rechazar «todos los esfuerzos» de organismos internacionales por gobernar la IA.

La paradoja llegó al día siguiente, el 23 de septiembre, en el Consejo de Seguridad: los consejeros delegados de OpenAI, Sam Altman, y de Anthropic, Dario Amodei, pidieron estándares internacionales. Altman propuso normas comunes para medir capacidades, evaluar riesgos y preservar la supervisión humana. Amodei planteó acuerdos globales acotados, como prohibir el uso de la IA para fabricar armas biológicas, sistemas para verificar compromisos entre países y un mecanismo común de notificación de incidentes.

La UE habló el 24 de septiembre por boca del presidente del Consejo Europeo, António Costa, que defendió una gobernanza de la IA «responsable, transparente y regulada» y un papel central para la ONU. China, por su parte, ha creado su propio foro: en julio de 2026 impulsó la Organización Mundial de Cooperación en Inteligencia Artificial.

«La industria de la IA no puede ser regulada por unas pocas grandes empresas globales».

António Costa, presidente del Consejo Europeo, 24 de septiembre de 2026

El resultado es incómodo para Europa. Tiene la única ley general de IA en vigor y la ONU mira en su dirección, pero el país que concentra la mayor parte de los modelos más avanzados rechaza cualquier marco internacional, y la propia UE acaba de aplazar la parte más exigente de su ley. Europa ha elegido regular; ahora tiene que demostrar que puede hacerlo sin quedarse aún más atrás.

Casos recientes

Para una empresa española, la autoridad de referencia es la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña. La recomendación práctica es no esperar a 2027: el inventario, la clasificación y las cláusulas con proveedores se pueden hacer hoy, y son lo que más cuesta improvisar.

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